Tribunal Supremo de Puerto Rico falla a favor de la exnovia de Bad Bunny en demanda por derechos de autor

La sentencia indica que hay pruebas suficientes de que la joven no consintió el uso de su voz en los temas del artista

Bad Bunny llega para la presentación de la colección de Alta Costura Otoño/Invierno 2026-2027 de Schiaparelli para mujer en París, el lunes 6 de julio de 2026. (Foto AP/Emma Da Silva)

Bad Bunny llega para la presentación de la colección de Alta Costura Otoño/Invierno 2026-2027 de Schiaparelli para mujer en París, el lunes 6 de julio de 2026. (Foto AP/Emma Da Silva) Crédito: AP

Tras una espera de tres años, el Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió un fallo favorable para Carliz De La Cruz Hernández, exnovia del cantante Bad Bunny. La demandante reclama derechos de imagen y de autor debido al uso no autorizado de su voz en varias producciones discográficas del artista urbano.

La máxima instancia judicial determinó que De La Cruz cuenta con la evidencia necesaria para demostrar que el intérprete utilizó, sin su consentimiento, un fragmento de audio donde ella pronuncia la conocida frase “Bad Bunny, baby”. Dicha grabación fue incluida en las canciones “Pa ti” y “Dos Mil 16”.

El conflicto legal inició formalmente en 2023. Aunque la joven admitió que originalmente envió la nota de voz al artista, manifestó su inconformidad al percatarse del uso comercial que se le dio al material.

Ante esto, solicitó una compensación económica y procedió con una demanda de 40 millones de dólares, argumentando la violación de sus derechos fundamentales tras el éxito financiero de ambos temas.

Negociaciones fallidas y uso no autorizado en los escenarios

De acuerdo con reportes de la agencia EFE, los representantes de Bad Bunny intentaron negociar con De La Cruz para regularizar el uso del audio. No obstante, la demandante rechazó una oferta inicial de 2,000 dólares y se negó a autorizar la explotación comercial de su voz.

A pesar de la reclamación formal de la joven, el equipo del artista continuó reproduciendo el fragmento de voz durante múltiples conciertos en Puerto Rico, lo que incrementó el descontento de la afectada.

Ante este panorama, el Tribunal Supremo ratificó que De La Cruz posee argumentos válidos para sostener su reclamo, fundamentado en que se trata de una obra original y creativa protegida por la Ley de Derechos Morales de Autor.

Es fundamental aclarar que esta resolución no representa una victoria definitiva en el litigio, sino que permite que el proceso continúe y regrese al Tribunal de Primera Instancia de San Juan para su respectiva evaluación.

“La demandante ha presentado hechos suficientes para ofrecer en su día la prueba que justifique este reclamo. En vista de ello, erraron los foros inferiores al desestimar la causa de acción bajo la Ley de Derechos Morales de Autor”, dictaminó la jueza asociada del Tribunal Supremo, Mildred Pabón, en un documento de 50 páginas.

Un vinculo que terminó mal

Carliz De La Cruz Hernández, de profesión abogada, conoció a Benito Antonio Martínez Ocasio —nombre real del cantante— en el año 2011. En ese entonces, ambos trabajaban en un supermercado de la cadena Econo en Vega Baja, al norte de Puerto Rico. La pareja mantuvo una relación sentimental intermitente que se extendió hasta el 2016.

En diversas ocasiones, la joven ha señalado que estuvo presente en los inicios de la carrera del exponente urbano, apoyándolo antes de que alcanzara la fama internacional y la relación concluyera.

Más allá de su ejercicio en el ámbito legal, De La Cruz se ha consolidado en los últimos años como creadora de contenido e influencer en plataformas digitales.

A través de sus redes sociales, comparte publicaciones enfocadas en moda, estilo de vida, belleza y viajes. Cuenta también con un canal de YouTube y, según consta en los expedientes del caso judicial, alternó sus estudios de Derecho con el modelaje y la gestión de sus propios canales de comunicación.

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